Es un acto personalísimo, revocable y libre por el que una persona capaz, dispone de sus bienes y derechos y declara o cumple deberes para después de su muerte.
¿Cuántos tipos de testamento existen?
En cuanto a su forma, el testamento es ordinario o especial.
El ordinario puede ser:
Público abierto: también conocido como Universal, se otorga ante notario y tres
testigos idóneos mayores de edad, los cuales deben comparecer debidamente identificados.
El testador expresará de un modo claro y terminante su voluntad al notario y a los testigos. El notario redactará por escrito las cláusulas del testamento sujetándose estrictamente a la voluntad del testador y las leerá en voz alta para que éste manifieste si está conforme.
Público cerrado: este puede ser escrito por el testador o por otra persona a su ruego, y en papel común. El testador debe firmar al calce del testamento y al margen de todas las hojas; pero si no supiere o no pudiere hacerlo, podrá firmar por él otra persona a su ruego.
Ológrafo: es el testamento escrito de puño y letra del testador. Podrá ser otorgado solamente por las personas mayores de edad, y para que sea válido deberá estar totalmente escrito por el testador y firmado por él, con expresión del día, mes y año en que se otorga.
El especial puede ser:
Privado: aquel testamento que se otorga cuando el testador es atacado de una enfermedad violenta o grave que no le da tiempo de concurrir al notario; cuando en la población no haya notario u otra autoridad que pueda actuar por receptoría y cuando habiendo notario o quien actúe por receptoría, sea difícil que concurra al otorgamiento del testamento; cuando los militares entren en campaña o se encuentren prisioneros de guerra.
La persona que se encuentre en el caso de hacer testamento privado, declarará la presencia de cinco testigos idóneos, su última voluntad, que uno de ellos redactará por escrito, si el testador no puede escribir.
Militar: se otorga por el militar o el asimilado del ejército, y hace su disposición en el momento de entrar en acción de guerra o estando herido sobre el campo de batalla, bastará que declare su voluntad ante dos testigos, o que entregue a los mismos el pliego cerrado que contenga su última disposición, firmada de su puño y letra.
Marítimo: es el que se otorga por los que se encuentren en alta mar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, sea de guerra o mercante. Será por escrito ante dos testigos y el capitán del navío.
Hecho en país extranjero: es el que se otorga en país extranjero, y producirá efectos en el Estado de Michoacán cuando haya sido formulado de acuerdo con las leyes del país en que se otorgó.
¿Qué tipo de personas pueden hacer un testamento?
Pueden testar todas las personas a quienes la ley no prohíbe expresamente el ejercicio de ese derecho. La persona que decida dejar un testamento debe ser mayor de 18 años.
¿Por qué es importante hacer un testamento?
Porque la persona a través del testamento hereda seguridad, certidumbre y tranquilidad a sus familiares.
¿Es costoso hacer un testamento?
El costo del testamento público abierto o universal, es de $3,000.00.
¿En dónde lo puedo realizar?
En cualquiera de las 186 notarías del Estado de Michoacán.
¿Quién me puede ayudar?
El notario o notaria titular de la notaria a la que se acuda.
O bien en las oficinas del Colegio de Notarios de Michoacán, A.C., ubicadas en la calle Manuel Pérez Coronado número 79, Fraccionamiento Camelinas, en esta ciudad de Morelia, Michoacán. Teléfono 4433233564.
Con el testamento heredamos tranquilidad y seguridad, no dejemos problemas, te invitamos a que acudas con tu notario, o con tu notaria de confianza.